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Reformando el sistema electoral de poquito en poquito, pero rápido.

La última gran reforma electoral fue en 2014, desde entonces se han dado pequeños ajustes legislativos, algunos con más trascendencia que impacto mediático. Lo que no se ha detenido es la actividad legislativa, con una gran cantidad de iniciativas respecto de temas electorales que se presentan periodo tras periodo. Desde el Laboratorio Electoral le hemos dado seguimiento en diferentes momentos a las iniciativas relacionadas con temas electorales y sus temáticas.

En lo que va del año, durante el actual periodo de la LXV legislatura se han presentado, al menos, 47 iniciativas en materia electoral; en la Cámara de Senadores 8, de las cuales 3 tienen relación con el proceso de revocación de mandato, y las 5 restantes versan sobre temas de paridad de género, programas especiales para que las personas liberadas de centros penitenciarios reciban su credencial para votar de forma sencilla, así como la improcedencia de los medios de impugnación electorales. Estas iniciativas continúan pendientes de discusión en la comisión correspondiente de la Cámara.

En la Cámara de Diputados se han presentado 39 iniciativas: 36 de ellas siguen pendientes de análisis en sus comisiones, las 3 iniciativas siguieron en expedita el proceso legislativo hasta que se aprobaron: 2 ya fueron turnadas al Ejecutivo para su sanción, y 1 ya se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF). 

Estas 3 últimas iniciativas -propuestas por MORENA- han sido objeto de múltiples opiniones, generando un amplio debate; la principal crítica es que los proyectos parecen responder más a intereses políticos que jurídicos y que sus efectos podrían poner en riesgo la independencia y autonomía de órganos constitucionales autónomos, secretarías de estado y autoridades jurisdiccionales.

I. Conforme al principio de división de poderes

El primero de estos proyectos fue publicado en la gaceta parlamentaria el 3 de febrero y, el 13 de marzo siguiente ya estaba turnado al Ejecutivo para los efectos conducentes.

En el se propuso adicionar el inciso h), al numeral 1, del artículo 10 de la LGSMIME, con el objetivo de no permitir la intervención del TEPJF en las controversias que se susciten a raíz de actos parlamentarios.

La crítica más fuerte hacia este es que, si bien la división de poderes constituye uno de los pilares fundamentales de cualquier sistema democrático, existen actos parlamentarios -por acción u omisión-, con los que se ha llegado a violentar algún derecho político electoral y esas conductas sí tendrían que ser competencia del TEPJF; ejemplo de esto son los asuntos con número de identificación SUP-JDC-1453/2021 SUP-REC-49/2022. En el último de estos asuntos se impugnó el no reconocimiento de una fracción parlamentaria en el Congreso local de Oaxaca. El tribunal local conoció del asunto y ordenó al Congreso de dicha entidad pronunciarse respecto del registro, pero la Sala Xalapa revocó la sentencia asegurando que el tribunal debió declararse incompetente porque dicho acto era de naturaleza parlamentaria. La Sala Superior en última instancia revocó la resolución de Sala Xalapa y dejó en firme la del Tribunal local al determinar que los actos involucrados afectan el desempeño del cargo de una diputación y por lo tanto son de naturaleza electoral.

Cabe también señalar que con esta reforma prácticamente se cierra la puerta para que los actos parlamentarios sean objeto de control jurídico por parte de un órgano externo, con esto nos referimos a los internos dentro del órgano legislativo.

II. Austeridad republicana, ¿en beneficio de quién?

La segunda iniciativa se publicó en la gaceta parlamentaria el 10 de febrero, y trece días después, es decir el 23 de febrero, se había turnado al Ejecutivo para su sanción.

Con dicha reforma se buscó la modificación de los artículos 23 y 35 de la Ley General de Partidos, así como la adición del art. 19 Ter a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. En términos generales se presentó y aprobó con el objetivo de permitir que los partidos políticos puedan renunciar y devolver en cualquier momento el financiamiento destinado a actividades ordinarias permanentes. Este proyecto llegó luego de que el TEPJF también se pronunciara, en el asunto SUP-RAP-23/2022, confirmando un acuerdo emitido por el CG del INE mediante el cual se declaró improcedente la solicitud MORENA de devolver y renunciar a su financiamiento público ordinario a efecto de destinarlo a la aplicación de vacunas. Este asunto fue ampliamente discutido pues se consideró que era un aprovechamiento por parte del partido en el gobierno para politizar las vacunas.

No obstante, los partidos como entes públicos tienen derechos y obligaciones respecto del uso de sus recursos y la ley es clara: la renuncia al financiamiento solo procede antes de que reciban su ministración (no después). Si los recursos no son utilizados, deben ser reintegrados como remanentes para ser devueltos a la Tesorería de la Federación.

III. Desentrañando el sentido y alcance de la norma.

El 10 de abril se llevará a cabo el primer ejercicio de revocación de mandato. Tanto su regulación como su proceso de ejecución fueron objeto de múltiples desafíos; el último de ellos: el decreto que interpreta el alcance del concepto de propaganda gubernamental, mismo que fue presentado en la Cámara de Diputados el 10 de marzo, y publicado el 17 de abril en el DOF.

Este decreto nació con intención de que las y los servidores públicos puedan emitir su opinión y difundir mensajes de apoyo al proceso de revocación de mandato sin que sean objeto de una sanción por parte de las autoridades. Lo anterior, a pesar de que la ley sanciona esta conducta pues prohíbe la difusión de propaganda gubernamental desde la emisión de la convocatoria -4 de febrero-, hasta el día de la celebración de la jornada de revocación de mandato -10 abril.

Al respecto, el TEPJF, al resolver el asunto SUP-REP-96/2022, confirmó que se trata de un decreto contrario al texto constitucional por lo que ordenó su inaplicación para el proceso de revocación de mandato que se desarrolla actualmente.