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Elecciones anuladas. Elecciones extraordinarias

En nuestro sistema electoral se ha vuelto una costumbre que tras anunciar los resultados electorales las candidaturas perdedoras busquen acudir a la justicia electoral para continuar peleando la elección. En algunos casos acuden con fundamento y pruebas de la existencia de irregularidades que alteraron la voluntad ciudadana y violaron alguno de los principios fundamentales que deben prevalecer en una elección, pero en muchos casos solamente buscan ganar en la mesa lo que no pudieron en las urnas.

De esta forma se ha vuelto común que una vez que se tienen los resultados finales de la elección, pasados los cómputos, se presenten innumerables impugnaciones en las que se solicitan o cambio de ganador o la nulidad de la elección.

De todas las impugnaciones que se presentan con la finalidad de anular una elección solo unas cuantas logran su objetivo, pues al final la nulidad de una elección debe ser la consecuencia más extrema que responda a irregularidades graves, sistemáticas y determinantes.

En el reciente proceso electoral, calificado como la elección más grande de la historia, se presentaron cientos de impugnaciones a efecto de buscar la nulidad de las elecciones federales, a la gubernatura, a diputaciones locales y municipales. Ha sido interesante dar seguimiento a los distintos casos, en los que advertimos que las graves condiciones de violencia, los altos índices de marginación y la inseguridad que se vive en algunas entidades tuvieron un impacto importante en las elecciones, muchas de las cuales derivaron en nulidades. En este proceso electoral se declaró la necesidad de celebrar 35 elecciones extraordinarias, en 13 casos se debe a que no pudieron llevarse a cabo por diferentes razones, principalmente violencia. En 11 casos la elección de anuló por diferentes causas: 5 por falta de certeza, 5 por empate, y 3 por afectación a la libertad de sufragio. El resto incluyeron, causales como: violación al principio de imparcialidad, vulneración al principio iglesia-Estado e irregularidades graves, entre otros.

La consecuencia de anular una elección es que esta se debe reponer a efecto de llevar a cabo una extraordinaria, así lo prevé el artículo 78 bis, párrafo primero de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y la base VI del artículo 41 de la Constitución General.

Una de las preguntas que constantemente nos hacemos tras la nulidad de una elección es ¿en la elección extraordinaria hay un ganador distinto de la ordinaria? Para responderla hemos dado un seguimiento puntual a cada una de las elecciones extraordinarias.

A la fecha en que escribimos esta entrada se han llevado a cabo 12 de 30 elecciones extraordinarias, solo en un caso hubo un cambio de ganador respecto de los resultados de la elección ordinaria, se trata de General de Zuazua, Nuevo León,  donde en la elección ordinaria ganó la coalición Juntos Hacemos Historia y en la extraordinaria lo hizo Movimiento Ciudadano. Llama la atención el caso de Iliatenco, Guerrero, elección anulada por haberse acreditado violencia política de género en contra de la candidata que ocupó el segundo lugar, a pesar de ello en la elección extraordinaria se repitió el resultado de la ordinaria, incluyendo al candidato que incurrió en las conductas de violencia, incluso en esta segunda elección la diferencia entre el primero y segundo lugar aumentó.


ID

Elección

Tipo de elección

Fecha de la elección extraordinaria

Causal de la nulidad/Elección no celebrada

Ganador en la elección ordinaria

Ganador en elección extraordinaria

1

General de Zuazua, Nuevo León[i]

Municipal

7 de noviembre 2021[ii]

Violación al principio de imparcialidad

Coalición

“JHH”

MC

2

Nextlalpan, Estado de  México[iii]

Municipal

14 de noviembre 2021[iv]

Afectación a la libertad del sufragio

MORENA


3

Uayma, Yucatán[v]

Municipal

14 de noviembre 2021[vi]

Falta de certeza

PRI-PRD


4

Iliatenco, Guerrero[vii]

Municipal

28 noviembre 2021[viii]

VPMG

PT


5

San Pedro Tlaquepaque, Jalisco[ix]

Municipal

21 de noviembre 2021[x]

Vulneración al principio iglesia-estado

MC


6

Colonia Agrícola San Luis, Tlaxcala[xi]

Municipal

28 de noviembre 2021

Empate

N/A

Nueva Alianza

7

Guadalupe Victoria, Tlaxcala[xii]

Municipal

28 de noviembre 2021[xiii]

No se llevó a cabo la elección

N/A

MORENA

8

La Candelaria Teotlalpan, Tlaxcala[xiv]

Municipal

28 de noviembre 2021

Empate

N/A

PT

9

Santa Cruz Guadalupe, Tlaxcala[xv]

Municipal

28 de noviembre 2021

No se realizó el cómputo por actos de violencia

N/A

MORENA

10

Tepuente, Tlaxcala

Municipal

28 de noviembre 2021

Empate

N/A

MORENA

11

Nayarit

Senaduría

5 de diciembre 2021[xvi]

La senaduría quedó vacante tras las elecciones 2021

MORENA


12

La Yesca, Nayarit[xvii]

Municipal

5 de diciembre 2021[xviii]

No se llevó a cabo la elección

N/A

Coalición

“JHH”

13

Tlahuapan, Puebla[xix]

Municipal

6 de marzo 2022[xx]

No instalar el porcentaje mínimo de casillas válidas

PSI

PRI

14

Teotlalco, Puebla[xxi]

Municipal

6 de marzo 2022[xxii]

No se llevó a cabo la elección

N/A

PRI

15

San José Miahuatlán, Puebla

Municipal

6 de marzo 2022[xxiii]

No se llevó a cabo la elección

N/A

PSI

16

El Parral, Chiapas[xxiv]

Municipal

3 de abril 2022[xxv]

No hubo condiciones para concluir el cómputo municipal

N/A

PVEM-MORENA

17

Emiliano Zapata, Chiapas[xxvi]

Municipal

3 de abril 2022

No hubo condiciones para concluir el cómputo municipal

N/A

PVEM-MORENA

18

Frontera Comalapa, Chiapas[xxvii]

Municipal

3 de abril 2022

Falta de certeza


PVEM

Se canceló la elección por la situación de inseguridad.

19

Honduras de la Sierra, Chiapas[xxviii]

Municipal

3 de abril 2022

No se llevó a cabo la elección

N/A

Se canceló la elección por la situación de inseguridad.

20

Venustiano Carranza, Chiapas

Municipal

3 de abril 2022

No se llevó a cabo la elección

N/A

PVEM-MORENA

21

Siltepec, Chiapas[xxix]

Municipal

3 de abril de 2022

No se llevó a cabo la elección

N/A

PRI

22

Jilotlán de los Dolores, Jalisco[xxx]

Municipal

Sin fecha definida

Afectación a la libertad del sufragio


MORENA

Debido a las condiciones de inseguridad, no se ha emitido la convocatoria.

23

Jesús Carranza, Veracruz[xxxi]

Municipal

27 de marzo 2022[xxxii]

Falta de certeza

MORENA

PT

24

Chiconamel, Veracruz[xxxiii]

Municipal

27 de marzo 2022

Falta de Certeza

PRI

PRD

25

Tlacotepec de Mejía, Veracruz[xxxiv]

Municipal

27 de marzo 2022

Rebase al tope de gastos de campaña

Partido ¡Podemos!

Partido ¡Podemos!

26

Amatitlán, Veracruz[xxxv]

Municipal

27 de marzo 2022

Rebase al tope de gastos de campaña

COALICIÓN

JHH

PT-MORENA

27

Chahuites, Oaxaca[xxxvi]

Municipal

27 de marzo 2022[xxxvii]

Falta de certeza

MORENA

PVEM

28

Santa Cruz Xoxocotlán, Oaxaca[xxxviii]

Municipal

27 de marzo 2022

Afectación a la libertad del sufragio y al principio de imparcialidad

PVEM

PAN-PRI-PRD-NA

29

Santa María Xadani, Oaxaca[xxxix]

Municipal

27 de marzo 2022

No se llevó a cabo la elección

N/A

PVEM

30

Santiago Laollaga, Oaxaca[xl]

Municipal

27 de marzo 2022

No se llevó a cabo la elección

N/A

MORENA

31

Santa María Mixtequilla, Oaxaca

Municipal

27 de marzo 2022

No se llevó a cabo la elección

N/A

PVEM

32

Reforma de Pineda, Oaxaca

Municipal

27 de marzo 2022

No se llevó a cabo la elección

N/A

PVEM

33

Oaxaca[xli]

Diputación local

27 de marzo 2022

El Dip. Gustavo Díaz Sánchez -reelecto-, fue detenido el 4 de noviembre por diversos delitos, entre ellos, posesión de arma de fuego

PRI

Se deja sin efecto la emisión de la convocatoria para la elección de la diputación.[xlii]

34

Atlautla,

Estado de México. [xliii]

Municipal

15 de mayo 2022[xliv]

VPMG

Empate

N/A

PRD

35

San Pablo Villa de Mitla, Oaxaca.[xlv]

Municipal

27 marzo 2022[xlvi]

Rebase de tope de gastos.

Empate

N/A

PAN-NA



[i] Véase la sentencia SM-JDC-827/2021 y acumulados

[ii] Acuerdo CEE/CG/253/2021.

[iii] Véase la sentencia JI-11/2021

[iv] Acuerdo IEEM/CG/159/2021.

[v] Véase la sentencia SX-JRC-224/2021

[vi] Acuerdo C.G.-117/2021.

[vii] Véase la sentencia SUP-REC-1861/2021

[viii] Anexo Único del Acuerdo 226/SE/07-10-2021.

[ix] Véase la sentencia SUP-REC-1874/2021

[x] Acuerdo IEPC-ACG-327/2021.

[xi] Los Consejos Municipales declararon empate en las elecciones municipales de Agrícola San Luis y Tepuente, Tlaxcala, véase el antecedente 5 del acuerdo ITE-CG-279/2021.  

[xii] Véase la sentencia TET-JDC-106/2021 y acumulado

[xiii] Acuerdo ITE-CG279/2021.

[xiv] Véase la sentencia TET-JDC-143/2021

[xv] Véase a la sentencia SCM-JRC-246/2021

[xvi] Decreto publicado el 6 de octubre de 2021, por el que la Cámara de Senadores convoca a elección extraordinaria de una fórmula de senadores por el principio de mayoría relativa en el Estado de Nayarit. Accesible en: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5631767&fecha=06/10/2021

[xvii] Véase el acuerdo IEEN-CLE-189/2021.

[xviii] Acuerdo IEEN-CLE-213/2021.

[xix]  Véase la sentencia SCM-JDC-2294/2021 y acumulados

[xx] Decreto publicado el 14 de octubre de 2021, por el que el Congreso del Estado de Puebla convoca a elecciones extraordinarias para el municipio de Tlahuapan. Accesible en:  http://periodicooficial.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/T_5_E_V_14102021_C.pdf  

[xxi] Acuerdo CG/AC-121/2021 por el que se emite pronunciamiento sobre las elecciones municipales de Teotlalco y San José Miahuatlán, Puebla.

[xxii] Decreto publicado el 14 de octubre de 2021, por el que el Congreso del Estado de Puebla convoca a elecciones extraordinarias para el municipio de Teotlalco. Accesible en:  http://periodicooficial.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/T_4_E_V_14102021_C.pdf

[xxiii] Decreto publicado el 14 de octubre de 2021, por el que el Congreso del Estado de Puebla convoca a elecciones extraordinarias para el municipio de San José Miahuatlán. Accesible en:  http://periodicooficial.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/T_3_E_V_14102021_C.pdf

[xxiv] Véase la sentencia TEECH-JIN-027/2021

[xxv] En sesión del 7 de diciembre de 2021, el Pleno del Congreso del Estado de Chiapas aprobó el dictamen para convocar a elecciones extraordinarias en los municipios de El Parral, Emiliano Zapata, Frontera Comalapa, Honduras de la Sierra, Venustiano Carranza y Siltepec. Pendiente de publicarse en el periódico oficial local.

[xxvi] Véase la sentencia SX-JRC-231/2021 y acumulado

[xxvii] Véase la sentencia SX-JE-207/2021 y acumulados

[xxviii] Acuerdo IEPC/CG-A/210/2021 por el que se determina no realizar elecciones en los municipios de Venustiano Carranza y Honduras de la Sierra, Chiapas.

[xxix] Acuerdo IEPC/CG-A/212/2021 por el que se determina no realizar elecciones en el municipio de Siltepec, Chiapas.

[xxx] Véase la sentencia SG-JRC-251/2021

[xxxi] Véase la sentencia SX-JRC-497/2021 y acumulado

[xxxii] Convocatoria emitida por OPLE de Veracruz. Accesible en:

[xxxiii] Véase la sentencia SX-JRC-465/2021 

[xxxiv] Véase la sentencia SX-JDC-1667/2021 

[xxxv] Véase la sentencia SX-JDC-1635-/2021 y acumulado

[xxxvi] Véase la sentencia SX-JRC-241/2021

[xxxvii] Convocatoria emitida por el IEPCO. Accesible en: https://www.ieepco.org.mx/archivos/acuerdos/2022/IEEPCOCG102022.pdf

[xxxviii] Véase la sentencia SX-JDC-1338/2021 y acumulado

[xxxix] Véase la Sentencia JDC-226/2021.

[xl] En el acta de cómputo 2021 para diputaciones plurinominales de fecha 13 de junio de 2021, dictada por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, se advierte la imposibilidad de celebrar elecciones municipales en Santiago Laollaga, Santa María Xadani, Reforma de Pineda y Santa María Mixtequilla.

[xli] Decreto emitido el 8 de diciembre de 2021, por el que el Congreso del Estado de Oaxaca convoca a elecciones extraordinarias.  

Accesible en: https://www.congresooaxaca.gob.mx/docs65.congresooaxaca.gob.mx/decrets/DLXV_0003.pdf

[xlii] Véase la sentencia SUP-REC-103/2022  

[xliii] Véase la sentencia SUP-REC-2214/2021 y acumulados

[xliv] Decreto publicado el 14 de febrero de 2022, por el que el Congreso del Estado de México convoca a elecciones extraordinarias para el municipio de Atlautla. Accesible en:

https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/gct/2022/febrero/feb141/feb141a.pdf

[xlv] Véase la sentencia SUP-REC-2136/2021

[xlvi] Acuerdo IEPCO-CG-29/2022, por el que se emite pronunciamiento sobre las elecciones de San Pablo Villa de Mitla y Santa Cruz Xoxotlán. Accesible en: https://www.ieepco.org.mx/archivos/acuerdos/2022/IEEPCOCG292022.pdf